El 12 de junio de 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que el régimen de unidad fiscal neerlandés (que trata a varias empresas del grupo como un único contribuyente) contraviene el principio de libertad de establecimiento de la UE. En esencia, la infracción se produjo porque el régimen de unidad fiscal neerlandés no lo permite:
– Una unidad fiscal entre empresas hermanas neerlandesas, al tiempo que está en manos (in)directas de una empresa matriz residente en la UE;
– Una unidad fiscal entre una sociedad matriz neerlandesa y una filial neerlandesa de segundo nivel, mientras que la filial de segundo nivel se mantiene a través de una filial residente en la UE (de primer nivel).
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas llegó a esta decisión al responder a cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Superior de Amsterdam en tres asuntos distintos.